Las suscritas, jefes de la Oficina Jurídica y de la Oficina de Control Disciplinario Interno en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por los artículos 83 y 84 de la Ley 1952 de 2019, procede a pronunciarse sobre la suspensión de los términos procesales.
La Oficina de Jurídica tiene como funciones:
- Representar judicial y extrajudicialmente a la Universidad, según instrucciones de la Rectoría.
- Velar porque se mantengan al día los títulos de propiedad de los bienes inmuebles de la Universidad.
- Elaborar los actos administrativos que sean de su competencia, y revisar los demás actos administrativos, contratos y convenios interadministrativos de la Universidad a fin de que se ajusten a las normas existentes y vigilar el cumplimiento de la ley y de las normas jurídicas dentro de la Universidad.
- Dar respuesta a las acciones de tutelas y asesorar las respuesta a los derechos de petición presentados en la Universidad en caso de ser necesario.
- Dirigir, coordinar y participar en las investigaciones y estudios jurídicos que le fueren confiados por la Universidad.
- Suministrar a los entes de control la información y documentos necesarios para la defensa de los intereses del Estado, en los juicios en que la Universidad sea parte e informar a las Oficinas Jurídicas del Ministerio de Educación y Presidencia de la República.
- Revisión, asesoría y concepto jurídico de los asuntos sometidos a consideración de la oficina.